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ZOFEMAT

La Ley General de Bienes Nacionales da la pauta para prevenir, legitimar y garantizar el cumplimiento a las obligaciones por el uso, goce y posesión de los bienes nacionales.

Acceso a las playas mexicanas no podrá ser restringido ni obstaculizado

La Ley General de Bienes Nacionales establece que el acceso a las playas mexicanas no podrá ser restringido ni obstaculizado; en su Artículo 127 se estipula que en el caso de no existir vías públicas para llegar a ellas, los propietarios de terrenos colindantes con la Zona Federal Marítimo Terrestre deberán otorgar los accesos; y, en su Artículo 154 se determina la sanción a quienes impidan o condicionen el acceso libre.
Tramitología reglamentaria

Trámites y solicitudes

Concesión de Zona Federal

Cuando se posee propiedad privada que colinde con la zona de playa y otorgue el derecho y obligaciones para usar, ocupar o aprovechar la Zona Federal con un fin especifico.

Prórroga y/o modificación a las bases y condiciones de la concesión

Permite a los concesionarios, prorrogar la vigencia de un título de concesión y/o la autorización para modificar las bases y condiciones de este.

Cesión de derechos, arrendamiento o comodato de una fracción de la superficie concesionada

Para el uso o aprovechamiento de una superficie de playa, Zona Federal Marítimo Terrestre, Terrenos Ganados al Mar o a cualquier otro depósito formado con aguas marítimas.

Aprovechamiento de aguas superficiales o subterráneas

Permiso de construcción de obras, incluyendo aquellas que modifiquen la morfología costera

Desincorporación de Terrenos Ganados al Mar (TGM) o cualquier depósito de agua marina

Autorización de la MIA particular sin actividad altamente riesgosa

Modificaciones de la obra, actividad o plazos y términos establecidos a proyectos autorizados en materia de impacto ambiental

Exención de la presentación de la Manifestación de Impacto Ambiental

Autorización de impacto ambiental y cambio de uso de suelo forestal

Aviso de no requerimiento de autorización en materia de impacto ambiental

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Ventajas & desventajas de la iniciativa de Reforma ZOFEMAT 2020

Consulta la reforma actual en gestión y todo lo que puede significar para el sector público y privado: Reforma ZOFEMAT 2020

Pros

  • Ampliar las playas marítimas por diez metros adicionales

  • Mejorar el acceso público a las playas por parte de los ciudadanos

  • Garantizar tanto su uso público, como su aprovechamiento con fines económicos

Contras

  • La reforma genera pérdida al concesionado al reducir a 10 metros la zona federal en las playas

  • Sobrecargar de trabajo a la ya deficiente autoridad

  • Reducción del presupuesto para mantenimiento, saneamiento y conservación de las playas

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Impacto ambiental ZOFEMAT 2023

En México se estima que más de 120,000 personas ocuparán la ZOFEMAT, de ellas solo el 10% portarán con un permiso válido que legitimice y garantice el cumplimiento a las obligaciones por el uso, goce y posesión.

Incumplimiento ZOFEMAT

90%2013→

sin regulación

Preguntas frecuentes

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