¿Indemnización o Liquidación?
Aplicable solo cuando tu patrón rescinde el contrato sin responsabilidad por parte tuya, si renuncias por una falta grave cometida por él o por la existencia de algún peligro grave relacionado con el trabajo.
El pago de la indemnización o liquidación es de tres meses (90 días) de salario sin importar el tiempo de servicio, por lo tanto, se tiene que cubrir en su totalidad de conformidad con lo señalado en los artículos 48, 84 y 89 de la LFT, lo cual es independiente del pago de tu liquidación correspondiente.